"El Pleno del Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso de amparo de Puigdemont y Comín contra la decisión del Tribunal Supremo que denegó medidas cautelares para ser proclamados como diputados electos al Parlamento Europeo".
En concreto, el recurso se dirige contra la decisión de la justicia española de imponer a los dos imputados electos la necesidad de desplazarse físicamente a Madrid para jurar la Constitución Española antes como trámite previo a quedar acreditados como eurodiputados.
Esto impidió que Puigdemont y Comín recibiesen el acta ya que se negaron a desplazarse porque sobre ellos pesa una orden de busca y captura en España para ser juzgados por la posible comisión de delitos de sedición, malversación y desobediencia por su papel en el Gobierno catalán que convocó el referéndum unilateral del año 2017.
Ahora, el Tribunal Constitucional estudiará si la actuación del Tribunal Supremo pudo vulnerar los derechos de los recurrentes como diputados electos.
En una providencia hecha pública este 19 de febrero, el Tribunal Constitucional aprecia que en el recurso concurre una "especial trascendencia constitucional porque el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque pudiera tener unas consecuencias políticas generales".
Tras la admisión a trámite, el Ministerio Fiscal y los solicitantes de amparo disponen de un plazo de tres días para efectuar las alegaciones que estimen necesarias.