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México tendrá nuevos controles para mejorar el desempeño del personal en los penales

El Gobierno de México implementará nuevas medidas para garantizar que los custodios de las cárceles federales demuestren tener un buen desempeño y cumplan con los exámenes de confianza, para evitar que grupos criminales mantengan el control de las prisiones.
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La Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC) publicó un acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) en el que se anuncian sanciones para todo personal carcelario que falte o no se presente a los procesos de evaluación y control de confianza, sobre todo en casos en los que se esté solicitando una promoción o permanencia.
Según el documento, esta medida se toma porque las autoridades detectaron "un elevado porcentaje de inasistencias injustificadas" de quienes conforman el personal de los Centros de Prevención y Reinserción Social, por lo que consideraron necesarios "establecer formalmente la normativa que rige la ejecución de los procesos de evaluación".
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El acuerdo del DOF precisa que, en caso de no presentarse a alguna de las pruebas que conforman los procesos de promoción y permanencia, se considerará al solicitante como "no aprobado", lo que implicará sanciones administrativas y laborales.
Con esta medida, se convierte en un deber legal el someterse a este tipo de procesos, de lo contrario se podrían establecer sanciones acordes a los artículos 60, 90, 91, 92 y 93 de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

¿Cuál es el proceso de evaluación?

Los procesos de evaluación que realiza el Centro de Evaluación y Control de Confianza incluyen varias fases. La primera es en línea, para presentar la documentación requerida, que va desde el acta de nacimiento hasta documentación de bienes, vehículos, declaración patrimonial y, cuando aplique, resoluciones administrativas o penales.
Posteriormente, el proceso de evaluación incluye exámenes presenciales, donde se realizan valoraciones médicas, psicológicas, toxicológicas, del entorno social-patrimonial y poligráfica.
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Con el nuevo marco regulatorio, las únicas inasistencias a las pruebas presenciales que serán válidas son aquellas vinculadas a licencias médicas expedidas por el Instituto de Servicios de Seguridad Social para Trabajadores del Estado (ISSSTE), con oficios de comisión, vacaciones o casos fortuitos de fuerza mayor acreditados.
"Si la persona evaluada se hubiere presentado a la aplicación de algún tramo del proceso de evaluación y se retira antes de iniciar o durante el desarrollo del mismo, se tendrá por suspendida la fase presencial del proceso de evaluación y se entenderá por no cumplida la obligación prevista en la fracción XV del artículo 40 de la Ley, y el resultado del proceso de evaluación será 'no aprobado', con las consecuencias administrativas laborales a que haya lugar", se detalla en el acuerdo.
En caso de presentar documentos apócrifos o con irregularidades, será el área de Asuntos Legales quien determine la conclusión del proceso.
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