"La CC emitió dictamen desfavorable de constitucionalidad del Decreto Ejecutivo 250, por medio del cual se declaró el estado de excepción bajo la causal de "conflicto armado interno", con el fin de disponer la movilización de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, así como la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio en las provincias de El Oro, Los Ríos, Manabí y Santa Elena por un lapso de 60 días", anunció la institución en la red social X.
Según la CC, el dictamen determinó que la Presidencia no justificó la configuración de la causal, ni el ámbito territorial y temporal de aplicación de dicha medida de excepción. Tampoco se demostró que los hechos aludidos no puedan ser enfrentados a través del régimen constitucional ordinario, según el comunicado.
Además, señala que el texto sobre el estado de excepción solo enumeró las dificultades en la ejecución de las operaciones militares ante la necesidad de coordinar y articular con la Fiscalía y con los jueces penales de turno para la realización de inspecciones, allanamientos y requisas.
La CC alertó a la Presidencia respecto a que un estado de excepción acarrea la responsabilidad y el deber constitucional de motivar adecuadamente todo decreto de estado de excepción y de ofrecer suficientes datos que justifiquen este mecanismo constitucional tan extraordinario.
El Gobierno argumentó que este decreto fue emitido debido al incremento de las hostilidades, así como a la necesidad de ejecutar operaciones tácticas de combate contra los grupos armados organizados en las provincias de El Oro, Guayas. Los Ríos, Manabí y Santa Elena.
En enero de 2024, fue emitido el primer decreto que estableció la existencia de un "conflicto armado interno", con el cual fue calificado como "terrorista" el accionar de una veintena de bandas identificadas a las que se atribuyó la asonada que tuvo lugar en las calles y en las cárceles, atribuida a disputas para el control de territorios para operaciones ilícitas de narcotráfico.
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