El proyecto de ley de la reforma tributaria fue discutido en las plenarias del Senado y de la Cámara de Representantes de Colombia.
La ley propone en su articulado los castigos previstos por los delitos de omisión de activos e inclusión de pasivos inexistentes con el propósito de disminuir la carga impositiva, y defraudación tributaria.
Los evasores que cometen el delito por primera podrán pagar una multa e intereses.
Si reinciden en los delitos de omisión de activos o inclusión de activos inexistentes para defraudar o evadir por montos de más de 1.000 salarios mínimos —200.000 dólares aproximadamente a cambio actual—, además de la multa podrán ir a prisión por un término de cuatro a nueve años, informó el diario El Tiempo.
La pena podrá aumentar un tercio si los activos omitidos en la declaración o los pasivos inexistentes valen entre 2.500 y 5.000 salarios mínimos —entre 500.000 y un millón de dólares—.
Si superan los 5.000 salarios mínimos, la pena se incrementará a la mitad.
En los casos de defraudación o evasión tributaria por un monto de entre 100 y 2.500 salarios mínimos —entre 20.000 y 500.000 dólares— habrá penas de tres a cinco años de prisión para quienes estén obligados a realizar declaraciones tributarias y no lo hagan; quienes omitan ingresos en su declaración o incluyan gastos inexistentes.
Si el monto defraudado está entre los 2.500 a 5.000 salarios mínimos, las penas se incrementarán en una tercera parte y aumentarán en la mitad en los casos superiores a 5.000 salarios mínimos.
En la normativa actual la evasión es considerada un delito cuando supera los 250 millones de pesos, es decir 1,25 millones de dólares.
Según el director de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), Luis Carlos Reyes, con este delito tipificado como propone la reforma tributaria, cuentan con "una herramienta importante en la lucha contra la evasión".
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