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Tramitar la ciudadanía española: ¿más sencillo con la nueva 'Ley de Nietos'?

La nueva 'Ley de Nietos' aprobada por España podría facilitar la ciudadanía española para miles de latinoamericanos, descendientes de españoles exiliados por "razones políticas". La norma, denominada Ley de Memoria Democrática, habilita un plazo de dos años para hacer el trámite.
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Miles de personas podrían tramitar la ciudadanía española en el marco de la aprobación de la Ley de Memoria Democrática o Ley de Nietos por parte del Senado español.
La medida está dirigida a los descendientes de quienes hayan perdido la nacionalidad española por razones políticas, tal el caso de miles de exiliados del franquismo en América Latina, tras el fin de la Guerra Civil Española y el inicio de la dictadura de Francisco Franco (1939-1975).
La nueva ley contempla incluso a quienes hayan nacido fuera de España, incluyendo a quienes hayan perdido su nacionalidad por contraer matrimonio con un extranjero, antes de la promulgación de la Constitución de 1978.
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Aún resta determinar, por parte del Ministerio de Justicia español, los procedimientos legales para determinar la documentación necesaria para aplicar a la nueva normativa.
En la actualidad, solo los hijos de padres españoles pueden optar por la ciudadanía, siempre que cumplan con tres requisitos, según detalla la página oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores de España:
Nacidos antes del 9/1/1985 y el padre o madre, nacido fuera de España, haya obtenido la nacionalidad española antes de que el interesado naciera.
Menor de 21 años y el padre o madre, nacido fuera de España, haya adquirido la nacionalidad española antes de que el interesado naciera.
Menor de 20 años y el padre o madre, nacido fuera de España, haya adquirido la nacionalidad española después de que el interesado naciera y antes de sus 18 años.

Requisitos para optar a la ciudadanía española según la nueva 'Ley de Nietos'

Los descendientes de españoles nacidos en el extranjero podrán acogerse a la nueva disposición legal bajo tres supuestos.
En primer lugar, la ley establece que "los nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación e identidad sexual, hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española, podrán optar a la nacionalidad española, a los efectos del artículo 20 del Código Civil".
En segundo lugar, se establece que podrán optar a la nacionalidad española "los hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978".
En tercer lugar, la ley contempla también a "los hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de acuerdo a lo dispuesto en la anterior Ley de Memoria Democrática de 2007".
La nueva normativa de resarcimiento al origen español de las nuevas generaciones establece que la formalización de los trámites deberá ser concluida en el plazo de dos años, con un año de prórroga.
América Latina es la región del mundo con mayor número de descendientes españoles, siendo Argentina el país que más concentra ciudadanos españoles con derecho a sufragar, unos 420.000, según datos de la Oficina de Censo Electoral de España.
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