La información fue publicada en el canal del mandatario los días 5 y 6 de marzo y constituía propaganda gubernamental, determinó el árbitro electoral.
A celebrarse el 10 de abril, la consulta de revocación es un ejercicio de participación ciudadana en el que los votantes decidirán si el gobierno de López Obrador, mandatado hasta noviembre de 2024, debe concluir de manera anticipada por pérdida de confianza.
En ese contexto, en su artículo 33 la ley que articula el ejercicio de consulta prohíbe la emisión de propaganda gubernamental desde la convocatoria del proceso hasta su ejecución para evitar influir en la opinión de la ciudadanía a favor de la administración que será evaluada.
Además, el INE determinó que mensajes de los titulares de Petróleos Mexicanos (Pemex) y la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader), Octavio Romero Oropeza y Víctor Manuel Villalobos, respectivamente, emitidos durante la conferencia matutina del 7 de marzo también constituían irregularidades por divulgar logros de gobierno.
No obstante esta determinación, el INE descartó irregularidades en actividades convocadas por las juventudes del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) del Estado de México para promover la participación ciudadana en la revocación de mandato, en seguimiento a una denuncia del opositor Partido Acción Nacional (PAN).
También desistió de hacer señalamientos en contra del periódico Regeneración, órgano impreso simpatizante de López Obrador, al considerar que no forma parte de la organización partidista de Morena.
"Sin embargo, la comisión consideró necesario realizar un llamado al presidente del partido político Morena (Mario Delgado), a fin de que en todo momento ajuste sus actos y conductas a los límites y parámetros constitucionales en materia de revocación de mandato, así como recordarle la obligación de conducirse con imparcialidad y neutralidad a fin de no influir de ninguna manera en la opinión ciudadana", sostuvo el INE en un comunicado.