El Tribunal del Trabajo N° 1 rechazó "el planteo de inconstitucionalidad" presentado por Pedidos Ya y confirmó que la firma debe pagar una multa cuantiosa por no tener registrados a sus repartidores, según el fallo al que tuvo acceso la página Infogremiales.
La gobernación de la mayor jurisdicción del país, donde vive el 37% de la población a nivel nacional, había aplicado en junio esta sanción a las empresas Rappi y Glovo y Pedidos Ya, que apeló la medida.
Los jueces el tribunal entienden que la empresa de reparto a domicilio, "más allá de sostener lo contrario en algún pasaje de su defensa, admite la prestación de servicios por parte de los repartidores a quienes se vincula mediante un contrato comercial", el cual se adjuntó como prueba.
"En el caso obran elementos que permiten corroborar el acierto de la decisión adoptada por la autoridad administrativa" respecto a la relación entre la compañía y los trabajadores.
Dado que Glovo vendió sus operaciones en el país a Pedidos Ya en septiembre del año pasado, su sanción caerá sobre el nuevo propietario.
El Ministerio de Trabajo bonaerense impuso en junio varias multas a las plataformas digitales que operan en el distrito por incumplimientos durante 2020 a la normativa laboral.
Las irregularidades fueron descubiertas durante una inspección en diversas localidades de la provincia, en la que se detectó que 172 trabajadores no tenían cobertura de salud laboral, y la falta de pago de aguinaldo y de vacaciones a más del 97% de los repartidores.