Presidente de la Generalitat es la más alta representación de las instituciones catalanas, encargada de dirigir la acción del Gobierno autonómico.
El Pleno del Tribunal Constitucional de España dictó el 26 de abril un auto en el que acuerda admitir a trámite la impugnación presentada por el Gobierno central contra la resolución por la que el presidente del parlamento catalán, Roger Torrent, propuso a Puigdemont como candidato a la investidura.
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La investidura estaba prevista para el 30 de enero, pero no llegó a celebrarse puesto que el TC impuso una serie de medidas cautelares que incompatibilizaban la candidatura de Puigdemont —en aquellos momentos huido a Bélgica— con la posibilidad de que la judicatura española no diese ningún tipo de validez al proceso.
Con la admisión a trámite del recurso, esas medidas cautelares se mantienen hasta que el TC resuelva sobre el fondo del asunto, lo que dificulta cualquier movimiento destinado a restaurar a Puigdemont en la Generalitat.
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Además, el Consejo de Garantías Estatutarias —cuya opinión no es vinculante— calificó el 26 de abril como contrario a derecho el proyecto de reforma que debatirá el Parlamento de Cataluña a propuesta del partido de Puigdemont para permitir la investidura de un presidente de forma telemática.
Además, dejó claro que, como viene ocurriendo en los últimos tiempos, el Gobierno utilizará sus facultades a través de la Abogacía General del Estado para interponer recursos contra cualquier decisión que considere contraria a derecho.