El texto en el video decía "mis amigas y yo yendo a demandar a la compañía tóxica", pero resultó que las dos amigas que bailaron con la joven brasileña eran testigos en las audiencias. Por lo cual, el juzgado determinó que actuaron de "mala fe" al tener una relación personal estrecha y no informar de ello.
Mello demandó a la joyería en la que trabajaba por trato vejatorio y por no estar registrada allí como empleada. La joven ganó la licitación, al principio, pero después de publicar el video en el TikTok, la sentencia fue revertida, pues el caso se basaba en los testimonios de sus amigas, que acabaron siendo anulados.
"Esta es una actitud jocosa e innecesaria contra la empresa y, también, contra el propio Juzgado de Trabajo. También demuestra que estaban en armonía sobre lo que querían obtener, en una clara demostración de alianza, actuando temerariamente en el proceso, la debidamente configurada mala fe", dijo la jueza ponente de la sentencia, Silvia Almeida Prado Andreoni.
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