"Las entidades financieras no podrán realizar ni facilitar a sus clientes la realización de operaciones con activos digitales", informó el organismo en un comunicado
La disposición, adoptada por el directorio del Banco Central, se anunció días después de que dos bancos en el país anunciaran su intención de ofrecer criptomonedas a sus clientes.
La norma del BCRA se estableció para "mitigar los riesgos asociados a las operaciones con estos activos que podrían generar para las personas usuarias de servicios financieros y para el sistema financiero en su conjunto".
La institución financiera señaló que los actores implicados en este tipo de operaciones "pueden no encontrarse establecidos en el país", lo que podría suponer una vulneración a la normativa general.
"La actividad de las entidades financieras debe estar orientada a financiar la inversión, la producción, la comercialización, el consumo de los bienes y servicios requeridos tanto por la demanda interna como por la exportación", planteó el BCRA.
El Banco Central recordó que en mayo de 2021, junto a la Comisión Nacional de Valores (CNV), había alertado sobre las "eventuales implicancias y riesgos que las operaciones con criptoactivos pueden acarrear", y por ello recomendaba "una actitud prudente a fin de mitigar una eventual fuente de vulnerabilidad para las personas usuarias e inversores".
Las criptomonedas son monedas virtuales basadas en cadenas de bloques para verificar la creación de unidades y sus posteriores transferencias.
El Salvador se convirtió en el primer país del mundo en legalizar el bitcoin como medio de pago, el cual se convirtió en moneda de curso legal en el país desde el 7 de septiembre de 2021.
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