En concreto, el tribunal rechaza un recurso presentado por el Ayuntamiento de Mogán respondiendo que no ve indicios de delito en el trato a los migrantes pese admitir que se vieron forzados a vivir una situación "deplorable".
De hecho, el auto de la Audiencia Provincial dice "utilizar un calificativo discreto" al definir las condiciones como "lamentables", pero insiste en rechazar que se cometieran delitos de detención ilegal o trato degradante al considerar que "no había otra alternativa".
"Las carencias del campamento no obedecieron a una arbitraria y manifiesta voluntad de vulnerar los derechos de los inmigrantes. Se intentó ofrecer amparo, protección y asistencia, si se quiere insuficiente, pero no había otra alternativa, no era posible prever tan masiva llegada", dice el auto.
En esa línea, la Audiencia Provincial concluye que "atendiendo a las circunstancias concretas, no se pudo actuar de otra forma" porque "no existía en ese momento alternativa alojativa".
Los magistrados recuerdan además que solo en noviembre de 2020 llegaron al muelle de Arguineguín 6.357 migrantes en medio de una situación de pandemia "que obligaba a un previo control sanitario" de todos ellos.
Durante el tiempo que estuvo activo el campamento provisional, miles de migrantes se vieron obligados a pasar varios días —e incluso semanas en algunos casos— a la intemperie sobre cartones en el suelo del muelle en pleno verano, quedando retenidos y sin recibir asistencia legal por periodos superiores a los que marca la legislación.